LIBERTAD, DEMOCRACIA Y HUMANISMO. EL RAPONAZO A LA DEMOCRACIA. SEGUNDA PARTE
BOGOTÁ, DICIEMBRE 28 DE 2025 EL RAPONAZO A LA DEMOCRACIA. SEGUNDA PARTE Paradójicamente es en el Titulo Correspondiente a la Rama Legislativa en donde se encuentra la facultad que dio el Constituyente Primario a través de la Asamblea de 1991, El artículo 170 de la C.P., que faculta a los ciudadanos a que defiendan el orden institucional en su legitimidad cuando la legalidad de un acto de esa misma rama legislativa, atropella los derechos de la Nación y atenta contra los intereses vitales del Estado, pidiendo a la organización electoral la convocación de un referendo para la derogatoria de los actos leyes que sean aprobados para que la camarilla, en este caso, de la Habana, obtenga normas que pasen por encima de la inmensa voluntad popular, que clama justicia, verdad, reparación. | Pero como el asunto transcendental que se ventila en los espacios del Congreso, va más allá de la simple expedición de leyes que le den apariencia de legalidad, al control de la Camarilla...